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Recursos sobre la COVID-19 para familias inmigrantes
Mientras que nos enfrentamos a la rápida propagación de la enfermedad COVID-19 y sus efectos en nuestra economía, hay una cosa que está clara: estamos juntos en esto. Y eso incluye a todos los residentes de Colorado, tanto los que nacieron aquí como los que vienen de otros países y forman su hogar en este estado. Queremos que los residentes inmigrantes en Colorado, tanto los que llegaron de forma legal como los que no, sepan que cuentan: sus familias cuentan y sus contribuciones a la sociedad cuentan.
Nuestros programas de red de protección social están diseñados para abordar los problemas estructurales en nuestro sistema social y económico que dificultan que las personas tengan una buena vida. Sin embargo, las graves carencias en esa red de protección social causan que muchos inmigrantes en nuestra comunidad se queden atrás. Mientras que seguimos luchando por solucionar esas injusticias, hay varios recursos disponibles para usted y su familia.
Pruebas de detección y tratamiento de la COVID-19
En Colorado se realizan pruebas de detección de COVID-19, pero solo por orden del médico. Si se siente enfermo, debe llamar al consultorio de su médico o a una clínica cercana. Center for Health Progress realizó una lista de clínicas por región y se incluye la información de contacto. Solo debe consultar en la sala de emergencias si efectivamente cree que se trata de una emergencia.
La prueba en los laboratorios del estado no tiene costo y el personal no le preguntará sobre su estatus migratorio. Al solicitar la prueba, deberá mostrar su identificación, pero estos centros están obligados a aceptar cualquier tipo de documento de identidad.
CO-HELP, la línea de emergencia sanitaria de Colorado para el público, es un sistema telefónico de ayuda sin costo que ofrece información sobre COVID-19. Si tiene preguntas, llame al 1-877-462-2911.
La carga pública se analizará en profundidad más adelante, pero los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. anunciaron que los inmigrantes que se hagan pruebas de COVID-19 o reciban tratamiento relacionado con esta enfermedad no serán penalizados cuando soliciten la residencia permanente o visas, según la reglamentación de carga pública recientemente promulgada.
Atención médica
Contar con una cobertura de seguro médico que incluya el diagnóstico y el tratamiento en caso de enfermedad es una necesidad fundamental, y mucho más durante esta crisis, ya que garantiza que las personas puedan consultar a un médico u obtener las recetas que necesitan. Además, las protege y evita que sufran una crisis económica por los gastos médicos.
Existen cuatro programas de cobertura de salud que cuentan con el patrocinio federal y que se ofrecen a los residentes de Colorado con ingresos bajos a medios: Health First Colorado, el programa de Medicaid de Colorado, se ofrece a las personas con discapacidades y aquellos que cumplen con los requisitos de ingresos. Los que apenas superan el límite máximo de ingresos de Medicaid pueden optar por solicitar acceso a Child Health Plan Plus (CHP+) Por último, Connect for Health Colorado se ofrece a las personas cuyos ingresos son demasiado altos para que califiquen para Medicaid o CHP+.
Prácticamente todas las personas que tienen residencia permanente pueden reunir los requisitos para obtener acceso a Medicaid si cumplen con las otras condiciones de elegibilidad. La excepción son los adultos que no sean mujeres embarazadas, que no serán elegibles hasta que hayan tenido la residencia permanente por cinco años. Los niños y mujeres embarazadas calificarán para Medicaid y CHP+ tan pronto como obtengan la residencia permanente u otro estatus legal, como una visa temporal. Todas las personas que tengan residencia permanente o visa temporal pueden reunir los requisitos para obtener seguro con costo reducido de Connect for Health Colorado. Los refugiados, asilados y las personas que tengan otro estatus concedido por razones humanitarias pueden ser elegibles para acceder a Medicaid, CHP+ y seguro con costo reducido.
Es posible que las personas con estatus legal que no califiquen para acceder a Medicaid o CHP+ cumplan con los requisitos del Programa de Atención para Indigentes de Colorado (Colorado Indigent Care Program o CICP), que les permite acceder a ciertos servicios hospitalarios por un costo reducido. Para los que, en cambio, no tengan estatus legal, el llamado programa de emergencia de Medicaid cubrirá el costo de los servicios de emergencia de las personas que cumplan con los requisitos de ingresos de Medicaid pero que no puedan acceder a él debido a su estatus como inmigrantes. Además, hay muchos hospitales que ofrecen programas de asistencia financiera sin importar el estatus migratorio de la persona. Por último, hay una gran red de centros de salud comunitarios y otras clínicas de atención primaria en todo el estado que ofrecen servicios de atención primaria con precios reducidos a todas las personas de la comunidad. Durante la crisis de la COVID-19, muchas de estas clínicas han continuado atendiendo a sus pacientes de forma virtual mediante tecnologías de telemedicina.
Todos tienen el derecho a solicitar acceso a Medicaid y CHP+, y usted puede hacerlo en cualquier momento del año. Aunque en general se puede presentar esta solicitud en persona, muchas oficinas en todo el país están cerradas en este momento. También puede solicitar la cobertura en este sitio web. Podrá cambiar el idioma de la página si hace clic en “Español” en la parte superior de la pantalla.
Se puede solicitar un seguro médico a precio reducido a través de Connect for Health Colorado en su sitio web. Por lo general, la posibilidad de inscribirse para recibir seguro médico privado se ofrece solo durante el período de inscripción abierta en diciembre y enero, a menos que usted tenga acceso a un plazo de inscripción especial por un cambio en su situación laboral o familiar. Sin embargo, debido a la emergencia de la COVID-19, ahora se abrirá un período de inscripción especial (special enrollment period o SEP) para todos hasta el 3 de abril de 2020.
Puede solicitar acceso a los programas de asistencia financiera de los hospitales, CICP y Medicaid de emergencia en su hospital. Si usted o un familiar reciben atención médica en un hospital, asegúrese de pedir que evalúen si cumplen con los requisitos para acceder a estos programas.
Ayuda alimentaria
La inseguridad alimentaria puede tener un efecto devastador. Se asocia con tasas más altas de enfermedades como la diabetes, presión arterial y problemas cardíacos, además de hacer más difícil que los niños tengan éxito en la escuela y que los adultos conserven sus trabajos y progresen en sus carreras profesionales. Debido a que la gente pierde horas de trabajo o sus empleos por el impacto de la COVID-19, la inseguridad alimentaria en nuestro estado probablemente empeorará. Por eso, animamos a la población a aprovechar los programas de ayuda alimentaria que encontrarán disponibles.
El Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (Supplemental Nutrition Assistance Program o SNAP) ofrece un beneficio mensual a los grupos familiares que cuentan con escasos recursos económicos. Las personas que están inscritas en el SNAP reciben una tarjeta de beneficios que pueden usar como una tarjeta de crédito en las tiendas de alimentos.
Los residentes de Colorado con ciertos estatus de inmigración pueden cumplir con los requisitos para el SNAP. Las personas que tengan residencia permanente reunirán las condiciones cuando hayan pasado cinco años desde que la obtuvieron, aunque es posible que los adultos sin discapacidades ni hijos deban cumplir con otros requisitos relacionados con el trabajo o capacitación laboral para acceder al programa por más de tres meses. Los que tengan el estatus de refugiado o asilado, u otros estatus concedidos por motivos humanitarios también pueden calificar para el SNAP. Además, los niños que cumplan con todos los requisitos pueden obtener los beneficios del SNAP incluso si sus padres no son elegibles.
Las personas que no califiquen para el SNAP debido a su estatus inmigratorio tendrán otras opciones. El Programa Suplementario de Nutrición para Mujeres, Infantes, y Niños (Special Supplemental Nutrition Program for Women, Infants, and Children o WIC) ofrece un beneficio alimentario similar al del SNAP para mujeres embarazadas y madres de niños menores de 5 años, sea cual sea su estatus inmigratorio. Además, los bancos de alimentos ofrecen comida a todas las personas de la comunidad que la necesiten sin hacer preguntas sobre el estatus inmigratorio.
Se puede solicitar acceso al SNAP y al WIC por Internet a través de este enlace. Las personas podrán obtener ayuda para comunicarse con organizaciones que ofrecen alimentos a través de la línea de ayuda de recursos alimentarios de Hunger Free Colorado, al 855-855-4626 (en todo el estado) o 720-382-2920 (zona metropolitana de Denver).
Seguro de desempleo
El programa de seguro de desempleo de Colorado ofrece pagos en efectivo a aquellos que perdieron su empleo por motivos ajenos a su responsabilidad. Los pagos se hacen cada 15 días, siempre y cuando el participante siga siendo elegible al cumplir con requisitos de presentación de datos y búsqueda de empleo.
Los residentes de Colorado con varios estatus inmigratorios diferentes pueden calificar para acceder al seguro de desempleo. En general, los habitantes de Colorado que están autorizados para trabajar en los Estados Unidos son elegibles para participar en este programa si cumplen con otros requisitos. Las personas que tengan el estatus de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (Deferred Action for Childhood Arrivals o DACA) son algunos de los que califican. Lamentablemente, los residentes de Colorado que no tengan documentos no podrán solicitar el seguro de desempleo. Los defensores y muchos otros colaboradores de la comunidad están trabajando para encontrar soluciones para este problema.
Se puede solicitar el seguro de desempleo en línea. Durante las últimas dos semanas, la crisis económica surgida a raíz de la COVID-19 está generando un volumen extremadamente alto de reclamaciones por desempleo. Por eso, el Ministerio de Trabajo les pide a las personas cuyos apellidos comiencen con la letra A a la letra M que presenten sus reclamaciones los martes, jueves y domingos después del mediodía, mientras que los que van de la M a la Z lo hagan los lunes, miércoles o viernes antes del mediodía.
Ayuda para pagar la renta y los servicios públicos
Los gobiernos de las ciudades y de los condados pueden ofrecer otros programas para que las personas puedan cubrir sus necesidades, sobre todo en momentos de crisis. Por ejemplo, el Programa de Asistencia Temporal para la Renta y los Servicios Públicos (Temporary Rental and Utility Assistance program o TRUA) ofrece recursos a los residentes de Denver para evitar los desalojos o desplazamientos. A través de esta iniciativa, las personas que viven en la ciudad de Denver pueden recibir ayuda para pagar los servicios públicos y hasta el 80 por ciento de la renta. Para obtener más información sobre el programa, llame al 311 en Denver y seleccione la opción 6.
Carga pública
Es posible que se les niegue la residencia permanente a las personas que probablemente se conviertan en una “carga pública”. Según una nueva reglamentación, es posible que un individuo sea considerado una carga pública si usa Medicaid, SNAP o ciertos programas de beneficios federales de vivienda o de efectivo que exigen tener un cierto nivel de ingresos.
Esta nueva disposición hace que muchas personas tengan miedo de usar programas esenciales. Sin embargo, es importante que se tengan en cuenta varios factores para tomar las mejores decisiones para su familia.
Primero, existen muchos programas gubernamentales que directamente no se tienen en cuenta cuando se analiza si una persona es una carga pública. Los únicos programas que se mencionan en la disposición que podrían afectar sus posibilidades de recibir la residencia permanente o una visa son Medicaid y SNAP.
En segundo lugar, no todos los usos de Medicaid se contabilizan como un punto negativo cuando se analiza si una persona es una carga pública. Los niños y las mujeres embarazadas pueden usar Medicaid sin que esto represente un problema a la hora de solicitar la residencia permanente. Además, el uso de Medicaid de emergencia por parte de cualquier persona no se contabiliza como un punto negativo.
En tercer lugar, los asilados e inmigrantes a los que se les han concedido ciertos otros estatus por razones humanitarias no están sujetos al análisis de carga pública cuando solicitan la residencia permanente. Además, se considera que las personas que tienen la residencia permanente ya aprobaron la evaluación de carga pública. No tendrán que volver a pasar por este análisis cuando renueven la residencia permanente ni cuando soliciten la ciudadanía.
Cuarto, los padres no tienen más posibilidades de ser considerados carga pública por inscribir a sus hijos en programas públicos a los que los niños califiquen. Los padres pueden solicitar servicios de parte de sus hijos sin recibir los beneficios ellos mismos.
Por último, como mencionamos antes, las personas no serán penalizadas por la reglamentación de la carga pública por realizarse la prueba de la COVID-19 ni por recibir tratamiento.
Sin duda nos enfrentamos a un momento difícil, pero hay programas que pueden ayudarnos a superar esas dificultades y redes de defensores, líderes de la comunidad, fundaciones y otros actores que apoyan a la gente y exigen que los programas satisfagan las necesidades de todos los que forman nuestras comunidades. Sabemos que usted es parte fundamental para mantener nuestra comunidad unida.
Allison Neswood